Para: TODOS LOS USUARIOS De: GERENCIA COMERCIAL Fecha: DICIEMBRE 16 DE 2009 Asunto: FACTURAS EXPEDIDAS POR SPRB
Estimados Usuarios,
Reciban un cordial saludo de parte de la Sociedad Portuaria Regional de Barranquilla S.A.
Les informamos que la Sociedad Portuaria Regional de Barranquilla S.A, expedirá facturas hasta el 31 de diciembre de 2.009, por todos los servicios que sean prestados hasta ese día, debido a que la Sociedad Portuaria Regional de Barranquilla, labora los 365 días al año durante las 24 horas, tal como lo estipula nuestro reglamento interno de Operaciones
Por lo anterior y para dar cumplimiento con la normatividad tributaria, la expedición de la factura debe darse a la fecha de la realización de la operación de venta o prestación del servicio, conforme lo disponen los artículos 615 y 617 literal e), del E.T., situación que se confirma en el Concepto General sobre facturación No 85922 de Noviembre de 1.998, expedido por la DIAN.
De igual forma, el Concepto No 074982 de Agosto de 2000, proferido por la DIAN, expresa que “la factura debe corresponder a la fecha de realización de la operación, razón que impide que una vez expedida pueda modificarse su fecha, situación que equivaldría a alterar la veracidad de la operación respecto de la cual se expidió.”
La facturación de almacenamiento de todas las mercancías que se encuentran en nuestras instalaciones se emitirán el con corte al Sábado 19 de diciembre/09.
Por lo anterior, agradecemos reclamar oportunamente las facturas de los servicios prestados.
Si desea alguna información adicional que requiera en el Puerto de Barranquilla con gusto será atendida en nuestra oficina de SERVICIO AL CLIENTE en los teléfonos PBX 3716200 Ext. 207, 306, 307, 311, 321, 312, 343 a través de nuestra línea gratuita 018000117772, vía correo electrónico
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o por el medio que usted considere apropiado.